Los siguientes tipos de marcas no pueden ser objeto de registro:
toda marca en la que se describa el valor, la cantidad, la calidad o la finalidad de los productos o servicios;
marcas que puedan inducir a error;
marcas consideradas contrarias al orden público o a la moral;
marcas que consistan en escudos de armas, banderas, emblemas y sellos oficiales de Estados y organizaciones intergubernamentales internacionales;
marcas que por su índole puedan infringir los derechos adquiridos por terceros en el país en el que se solicite la protección (por ejemplo, marcas que sean idénticas o similares a anteriores marcas y con respecto a productos o servicios idénticos o similares; o marcas que sean idénticas o similares a marcas notoriamente conocidas).
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